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2.
Rev. chil. neuropsicol. (En línea) ; 13(2): 35-38, dic. 2018.
Article in Spanish | LILACS | ID: biblio-1100356

ABSTRACT

En México, no existe una adecuada regulación legal de la práctica profesional de la neuropsicología, a pesar de que existen pautas a nivel internacional donde se estipula que el profesional debe tener una formación teórica-práctica sobre neurociencias, psicología clínica y psicometría, además de destreza en habilidades clínicas y formulación de programas de intervención sólidamente fundamentados en estudios empíricos. Por lo tanto, es necesario que los profesionistas estén capacitados para desarrollar su labor, pues de lo contrario estaría atentando contra derechos fundamentales del ser humano. Por lo que las autoridades en materia de salud mental, al tener facultades suficientes para actualizar y legalizar en relación con la práctica clínica, deberán implementar medidas más específicas y rígidas en cuanto a los requisitos que deben reunir los profesionales en materia de neuropsicología. Finalmente, se debe impulsar el consenso entre las asociaciones, universidades y profesionales del campo, para establecer vías de comunicación que tenga como objetivo la regulación y reconocimiento de la profesionalización en neuropsicología clínica.


In Mexico, there is a lack of legal regulation of the professional practice of neuropsychology, even though there are international guidelines on the practice of neuropsychology which stipulate to have theoretical-practical training in neuroscience, clinical psychology and psychometrics, as well as skills in clinical and formulation of intervention programs solidly based on empirical studies. Therefore, it is a necessity that the professionals are properly trained, because otherwise it would be attacking the fundamental rights of the human being. Thus, the mental health authorities should update and legalize in relation to clinical practice more specific measures on the requirements to practice clinical neuropsychology. Finally, consensus among associations, universities, and professionals in the field should be encouraged to establish a communication that aims to regulate and recognize the practice in clinical neuropsychology.


Subject(s)
Humans , Neuropsychology/legislation & jurisprudence , Neuropsychology/ethics , Professional Practice , Mexico
3.
Acta bioquím. clín. latinoam ; 19(3): 303-12, sept. 1985. ilus, tab
Article in Spanish | LILACS | ID: lil-32014

ABSTRACT

Distintos autores han destacado la utilidad del ácido D-glucárico urinario y de la gama-glutamiltransferasa (GGT) sérica en la evaluación de la inducción enzimática hepatocitaria producida por fármacos. En un grupo de pacientes de ambos sexos, tratados con fenobarbital, difenilhidantoína y, ocasionalmente, con carbamazepina y primidona, no se encontró una correlación significativa entre ambas variables bioquímicas (N= 40 , r = 0,238, 0,2> p> 0,1). En 37 pacientes a los que no se había cambinado las pautas posológicas al menos desde hacía un mes, se encontró una correlación significativa entre las dosis totales de los fármacos administrados (expresadas en unidades/día) y los niveles de ácido D-glucárico (r = 0,585, p < 0,001) y de GGT (r= 0,422, p = 0,01). Al hacer una dicotomía por sexos, se encontró una correlación significativa del ácido D-glucárico con la GGT en los hombres (N = 18, r = 0,602, 0,02 > p > 0,01), pero no en las mujeres (N = 19, r = 0,248, 0,4 > p > 0,3). Estos resultados podrían estar relacionados con el efecto depresor de los estrógenos sobre la actividad de la GGT sérica


Subject(s)
Adult , Middle Aged , Humans , Male , Female , Anticonvulsants/pharmacology , gamma-Glutamyltransferase/blood , Glucaric Acid/urine , Enzyme Induction/drug effects , Liver/enzymology , Epilepsy/metabolism
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